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Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
23

Artículo 23 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades encargadas de hacer más fáciles los trámites y digitalizarlos pueden dar sugerencias a las dependencias o empresas que tienen la obligación de simplificar sus procesos. Esas sugerencias se tienen que agregar a su plan de trabajo en un plazo máximo de diez días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Si se trata de oficinas del gobierno federal o de los gobiernos locales, esas sugerencias no son opcionales, sino que las tienen que cumplir obligatoriamente.

Texto oficial

Artículo 23. Las Autoridades de Simplificación y Digitalización podrán emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados respecto de su Agenda de Simplificación y Digitalización. Las recomendaciones de las Autoridades de Simplificación y Digitalización para los Sujetos Obligados, se deberán incorporar a su Agenda en un plazo no mayor a diez días hábiles. En el caso de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal o local, según corresponda, estas recomendaciones serán de carácter vinculante;

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 13) ↗

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