Artículo 23 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades encargadas de hacer más fáciles los trámites y digitalizarlos pueden dar sugerencias a las dependencias o empresas que tienen la obligación de simplificar sus procesos. Esas sugerencias se tienen que agregar a su plan de trabajo en un plazo máximo de diez días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Si se trata de oficinas del gobierno federal o de los gobiernos locales, esas sugerencias no son opcionales, sino que las tienen que cumplir obligatoriamente.
Texto oficial
Artículo 23. Las Autoridades de Simplificación y Digitalización podrán emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados respecto de su Agenda de Simplificación y Digitalización. Las recomendaciones de las Autoridades de Simplificación y Digitalización para los Sujetos Obligados, se deberán incorporar a su Agenda en un plazo no mayor a diez días hábiles. En el caso de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal o local, según corresponda, estas recomendaciones serán de carácter vinculante;
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.