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Artículo 23 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las autoridades encargadas de hacer más fáciles los trámites y digitalizarlos pueden dar sugerencias a las dependencias o empresas que tienen la obligación de simplificar sus procesos. Esas sugerencias se tienen que agregar a su plan de trabajo en un plazo máximo de diez días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Si se trata de oficinas del gobierno federal o de los gobiernos locales, esas sugerencias no son opcionales, sino que las tienen que cumplir obligatoriamente.

Texto oficial

Artículo 23. Las Autoridades de Simplificación y Digitalización podrán emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados respecto de su Agenda de Simplificación y Digitalización. Las recomendaciones de las Autoridades de Simplificación y Digitalización para los Sujetos Obligados, se deberán incorporar a su Agenda en un plazo no mayor a diez días hábiles. En el caso de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal o local, según corresponda, estas recomendaciones serán de carácter vinculante;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.