Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNETB/32
Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad de Simplificación y Digitalización (que es como un grupo de expertos que revisan trámites) puede sugerir cambios a la Agenda Regulatoria (un plan de nuevas reglas del gobierno) o decir si una Propuesta Regulatoria (una nueva norma o requisito) va a generar muchos costos burocráticos (gastos de tiempo y dinero para hacer trámites) desde que se está planeando. Esto lo hacen para asegurarse de que las reglas sean claras, fáciles de cumplir y se puedan hacer por internet, sin vueltas innecesarias. En pocas palabras, buscan que no te compliquen la vida con papeleo excesivo.

Texto oficial

Artículo 32. La Autoridad de Simplificación y Digitalización, podrá emitir recomendaciones sobre el contenido de la Agenda Regulatoria, o sobre los costos burocráticos de la Propuesta Regulatoria desde su etapa de planeación, para garantizar las buenas prácticas regulatorias, la simplificación y digitalización. Sección III Análisis de Impacto Regulatorio

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 32 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, explicado | Precedente Legal