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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNETB/65
Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
65

Artículo 65 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tu cuenta Llave MX tiene que estar vinculada a tu CURP. La CURP es el único documento que sirve para confirmar quién eres, así que te la van a pedir en todos los trámites donde necesiten verificar tu identidad. Para cumplir con esto, solo tienes que dar tu CURP (son 18 letras y números) o entrar a los servicios con tu Llave MX.

Texto oficial

Artículo 65. Toda cuenta Llave MX debe estar asociada a la CURP de su titular. La CURP es la fuente única de la identidad de las personas, por lo que será un requisito en los Trámites y Servicios en los que se requiera identificar, autenticar o validar la identidad de una persona. Para el cumplimiento del requisito previsto en este artículo, bastará que las personas proporcionen los 18 caracteres alfanuméricos que integran su CURP o, en su caso, que se autentiquen con Llave MX.

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.