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Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
89

Artículo 89 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad del gobierno federal va a crear formatos únicos para que todos los trámites y servicios sean iguales en todo el país. Estos formatos incluirán los requisitos y los tiempos de respuesta que debe tener cada trámite. Los gobiernos locales (estatales y municipales) y los encargados de simplificar y digitalizar trabajarán juntos para poner en práctica estos formatos y ajustar sus propias reglas. Los gobiernos locales también pueden proponer cambios para que los trámites que afectan a todo el país sean más parecidos, pero la autoridad federal decide si es viable. Lo más importante es que ningún cambio de reglas locales puede retrasar o impedir que se apliquen estos formatos únicos de inmediato.

Texto oficial

Artículo 89. La Autoridad Nacional establecerá los modelos para la homologación de Trámites y Servicios, en los que establecerá la propuesta del trámite, sus requisitos y tiempos de resolución, a efecto de que en coordinación con la Autoridad Local y los Enlaces de Simplificación y Digitalización se lleven a cabo las acciones para su implementación, y armonización de la Regulación. Las Autoridades Locales podrán hacer propuestas de armonización de Trámites y Servicios de impacto nacional, a través de la Autoridad Nacional, la que evaluará y coordinará con el resto de las Autoridades Locales. En ningún caso, la armonización normativa podrá obstaculizar la implementación inmediata de los modelos de homologación y estandarización de Trámites y Servicios, debiendo hacerse uso de los instrumentos jurídicos previstos en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 24) ↗

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