Artículo 90 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad federal se pone de acuerdo con los gobiernos locales y las dependencias obligadas para abrir ventanillas digitales donde puedas hacer trámites de todo el país, sin tener que ir a oficinas. La autoridad federal define las reglas de cómo funcionan esas ventanillas, pero cada dependencia es la que realmente resuelve tu trámite, según lo que le toca hacer por ley.
Texto oficial
Artículo 90. La Autoridad Nacional podrá habilitar en coordinación con las Autoridades Locales y Sujetos Obligados, las ventanillas digitales nacionales, sectoriales o interinstitucionales para la atención de trámites o servicios de impacto nacional. La Autoridad Nacional emitirá los lineamientos para la operación y funcionamiento de estas ventanillas, correspondiendo a los Sujetos Obligados la atención sustantiva de los Trámites y Servicios a su cargo, conforme al ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones. Sección III Repositorio Nacional de Tecnología Pública
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.