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Artículo 12 de la LEY Nacional del Registro de Detenciones

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Centro Nacional de Información va a crear las reglas para que todas las dependencias de seguridad usen el Registro de Detenciones de la misma manera, sin confundirse. Con esa información, también podrá hacer estudios especiales y juntar cifras oficiales sobre seguridad pública en todo el país. Las reglas deben incluir cómo separar las detenciones por delitos graves de las que son solo faltas administrativas (como infracciones), y cómo manejar, guardar y poner en funcionamiento el sistema de consulta para que cualquiera pueda acceder a los datos cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 12. El Centro Nacional de Información emitirá los lineamientos para el adecuado funcionamiento, operación y conservación del Registro, para su uso homologado entre las instituciones LEY NACIONAL DEL REGISTRO DE DETENCIONES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 27-05-2019 4 de 9 de seguridad pública; asimismo, podrá utilizar la información para realizar estudios especializados y para la integración de la estadística nacional en materia de seguridad pública. Los lineamientos deberán contener procedimientos para diferenciar el registro de detenciones entre hechos delictivos y faltas administrativas, así como para la administración, resguardo e implementación del Sistema de Consulta. Capítulo V Niveles de Acceso a la Información del Registro

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.