- Ley
- LEY Nacional del Registro de Detenciones
- Artículo
- 35
Artículo 35 de la LEY Nacional del Registro de Detenciones
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría se encargará de poner en marcha todas las medidas de seguridad necesarias para que el Sistema de Consulta funcione bien. Además, cuando maneje tus datos personales, tiene que hacerlo siguiendo al pie de la letra las leyes que protegen esa información. O sea, no pueden usar tus datos como se les dé la gana.
Texto oficial
Artículo 35. La Secretaría implementará las medidas de seguridad para el funcionamiento del Sistema de Consulta debiendo tratar los datos personales conforme a la legislación de la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.