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Artículo 13 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las personas adolescentes tienen los mismos derechos humanos que cualquier persona. El gobierno debe darles oportunidades y facilidades para que puedan crecer bien en cuerpo, mente y en su relación con los demás, siempre con dignidad. Todas las autoridades que trabajan en el sistema de justicia para adolescentes tienen la obligación de respetar, cuidar y asegurar esos derechos mientras el adolescente esté bajo su responsabilidad.

Texto oficial

Artículo 13. Protección integral de los derechos de la persona adolescente Las personas adolescentes gozan de todos los derechos humanos inherentes a las personas. Les serán garantizadas las oportunidades y facilidades, a fin de asegurarles las mejores condiciones para su desarrollo físico, psicológico y social, en condiciones de dignidad. Todas las autoridades del Sistema deberán respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas adolescentes mientras se encuentren sujetas al mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.