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Ley
LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo
2

Artículo 2 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley crea un sistema especial de justicia para adolescentes en todo México, con reglas diferentes a las de los adultos. Su objetivo principal es proteger los derechos humanos de los jóvenes a los que se acusa de cometer un delito, o que ya fueron declarados responsables. También define cómo se pueden resolver los conflictos sin llegar a un juicio, por ejemplo, a través de acuerdos entre las partes. Además, establece las sanciones que se les pueden aplicar a los adolescentes según su edad, y especifica qué autoridades y procedimientos se encargan de aplicar y vigilar esas sanciones. Finalmente, indica cómo se pueden cumplir, cambiar o terminar esas medidas.

Texto oficial

Artículo 2. Objeto de la Ley Esta Ley tiene como objeto: LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-12-2022 2 de 84 I. Establecer el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana; II. Garantizar los derechos humanos de las personas adolescentes a quienes se les impute o resulten responsables de la comisión de hechos tipificados como delitos; III. Establecer los principios rectores del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en la República Mexicana; IV. Establecer las bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; V. Determinar las medidas de sanción correspondientes a quienes se les compruebe la comisión de un hecho señalado como delito por las leyes penales durante su adolescencia según su grupo etario; VI. Definir las instituciones, órganos y autoridades especializados, así como delimitar y distribuir sus atribuciones y funciones para la aplicación de las normas del Sistema; VII. Establecer los procedimientos de ejecución de medidas de sanción y los relativos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución de las medidas; VIII. Determinar los mecanismos de cumplimiento, sustitución y terminación de las medidas de sanción.

Ver texto oficial de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (pág. 1) ↗

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