- Ley
- LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Artículo
- 242
Artículo 242 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no estás de acuerdo con una decisión de un juez (llamada "auto" o "resolución"), tienes 3 días para pedir una revisión. Esa revisión se llama "apelación", y la hace un tribunal superior (el "Tribunal de Alzada"). El plazo de 3 días empieza a correr desde que te notifican oficialmente la decisión. El tribunal superior revisará si todo se hizo conforme a la ley, y puede mantener la decisión, cambiarla o cancelarla.
Texto oficial
Artículo 242. Apelación El recurso de apelación se interpondrá dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto o resolución que se impugna y tiene por objeto que el Tribunal de Alzada revise la legalidad de la resolución impugnada, a fin de confirmarla, modificarla o revocarla.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.