Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNSIJPA/85
Ley
LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo
85

Artículo 85 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La mediación es un método al que se puede recurrir de manera voluntaria, donde un adolescente, sus papás o tutores, y la persona afectada por algún conflicto, platican para buscar juntos una solución. Un facilitador (que es como un moderador) ayuda a que todos se entiendan mejor y puedan llegar a un acuerdo por su propia cuenta. El chiste es que sean ellos mismos quienes resuelvan el problema, no que alguien más les imponga una solución. Es como sentarse a negociar de forma tranquila, con alguien neutral que guíe la plática.

Texto oficial

Artículo 85. Concepto La mediación es el mecanismo voluntario mediante el cual la persona adolescente, su representante y la víctima u ofendido, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia. El facilitador durante la mediación propicia la comunicación y el entendimiento mutuo entre los intervinientes para que logren alcanzar una solución a su conflicto por sí mismos.

Ver texto oficial de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 85 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, explicado | Precedente Legal