Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNUF/22
Ley
LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 22. Cuando un policía tenga que detener a alguien y necesite usar la fuerza, debe seguir estas reglas: Primero, tratar de no lastimar a la persona y cuidar su vida y su cuerpo. Segundo, usar la fuerza solo lo necesario, de manera controlada y de menos a más, según lo que marca la ley. Tercero, no humillar, maltratar ni torturar a la persona detenida. Además, siempre aplica lo que dice el último párrafo del artículo anterior, que ya vimos.

Texto oficial

Artículo 22. Cuando para la detención de una persona sea necesario hacer uso de la fuerza, el agente deberá: I. Procurar no ocasionar daño a la persona susceptible de detención y velar por el respeto a la vida e integridad física de ésta; II. Utilizar de forma racional, subsidiaria y proporcional, los distintos niveles de uso de la fuerza, conforme a los niveles contemplados en esta Ley, y III. No exponer a la persona detenida a tratos denigrantes, abuso de autoridad o tortura. En cualquier caso, será aplicable lo dispuesto por el último párrafo del artículo anterior.

Ver texto oficial de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 22 de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza, explicado | Precedente Legal