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Artículo 14 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las Zonas Navales son como regiones del mar y la costa que agrupan a varias bases, barcos y personal de la Marina. Su trabajo es planear, organizar y apoyar las operaciones navales que se hagan en esa zona. El jefe de cada Zona Naval será un Almirante, que reporta directamente al mando de la Región Naval a la que pertenece.

Texto oficial

Artículo 14. Las Zonas Navales, son las áreas geográfico-marítimas que agrupan a Sectores Navales, unidades operativas, instalaciones y personal naval que se determine. Tienen a su cargo la propuesta, preparación, conducción y apoyo logístico de las operaciones navales en su área de responsabilidad. Las personas titulares de las Comandancias de las Zonas Navales serán de la categoría de Almirante y estarán subordinadas directamente al mando de la Región Naval correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.