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Ley
LEY Orgánica de la Armada de México
Artículo
61

Artículo 61 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 61 dice que los Cuerpos de la Marina se dividen en tres grupos principales: el Cuerpo General (el personal básico), la Infantería de Marina (los soldados que operan en tierra) y la Aeronáutica Naval (los pilotos y personal de aviones). Además, si los jefes militares (el Alto Mando) lo consideran necesario, pueden crear otros cuerpos especiales. En pocas palabras, así está organizada la gente que trabaja en la Marina.

Texto oficial

Artículo 61. Los Cuerpos son los siguientes: I. Cuerpo General; II. Infantería de Marina; III. Aeronáutica Naval, y IV. Otros que sean necesarios a juicio del Alto Mando.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Armada de México (pág. 13) ↗

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