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Artículo 62 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Núcleos de los Cuerpos están formados por personas que terminaron y aprobaron sus estudios en la Heroica Escuela Naval Militar, y también por Cadetes de esa misma escuela que estudiaron en el extranjero y aprobaron su carrera. Todo esto se hace según las reglas que marcan las leyes correspondientes.

Texto oficial

Artículo 62. Los Núcleos de los Cuerpos están constituidos por personal que haya concluido y aprobado satisfactoriamente sus estudios en la Heroica Escuela Naval Militar y por Cadetes de este establecimiento que finalicen y aprueben satisfactoriamente sus estudios en instituciones de educación superior en el extranjero, en los términos previstos en los ordenamientos aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.