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Ley
LEY Orgánica de la Armada de México
Artículo
62

Artículo 62 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Núcleos de los Cuerpos están formados por personas que terminaron y aprobaron sus estudios en la Heroica Escuela Naval Militar, y también por Cadetes de esa misma escuela que estudiaron en el extranjero y aprobaron su carrera. Todo esto se hace según las reglas que marcan las leyes correspondientes.

Texto oficial

Artículo 62. Los Núcleos de los Cuerpos están constituidos por personal que haya concluido y aprobado satisfactoriamente sus estudios en la Heroica Escuela Naval Militar y por Cadetes de este establecimiento que finalicen y aprueben satisfactoriamente sus estudios en instituciones de educación superior en el extranjero, en los términos previstos en los ordenamientos aplicables.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Armada de México (pág. 13) ↗

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