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Artículo 65 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 65 simplemente lista los diferentes trabajos o servicios que realiza la Armada de México. Son 14 áreas, como la administración de los barcos y recursos, las comunicaciones, el cuidado del medio ambiente marino, la enseñanza, la justicia dentro de la Armada, la salud, el trabajo social, y hasta los músicos. También dice que se pueden agregar otros servicios si el Alto Mando (los jefes máximos) lo considera necesario. En pocas palabras, es un listado de todas las tareas que hace la Armada para funcionar bien.

Texto oficial

Artículo 65. Los Servicios de la Armada de México son: I. Administración e Intendencia Naval; II. Apoyo a la Autoridad Marítima; III. Comunicaciones Navales; IV. Comunicación Social; V. Del Medio Ambiente Marino; LEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 07-11-2025 14 de 21 VI. Docente Naval; VII. Logística Naval; VIII. Ingenieros de la Armada; IX. Justicia Naval; X. Meteorología Naval; XI. Músicos Navales; XII. Sanidad Naval; XIII. Trabajo Social Naval, y XIV. Otros que sean necesarios a juicio del Alto Mando.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.