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Ley
LEY Orgánica de la Armada de México
Artículo
86

Artículo 86 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El escalafón de la Armada de México es como una lista que ordena a todo el personal naval de mayor a menor rango. Para armarla, se toman en cuenta tres cosas: el Cuerpo o Servicio al que pertenece cada persona (como si fueran equipos de trabajo), el Núcleo y Escala (que son como niveles generales), y luego detalles más específicos como su Categoría, su Grado y cuánto tiempo llevan en ese Grado. Además, se anotan las especialidades que cada elemento tiene, como si fueran habilidades extra. En pocas palabras, es el organigrama que define quién tiene más autoridad o antigüedad dentro de la Armada.

Texto oficial

Artículo 86. El escalafón de la Armada de México, se integra agrupando al personal naval por Cuerpos y Servicios, Núcleos y Escalas en orden descendente, en razón de la Categoría, Grado y antigüedad en el Grado, de cada elemento, señalando las especialidades que ostenten. CAPÍTULO VII SITUACIÓN DEL PERSONAL

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Armada de México (pág. 17) ↗

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