Artículo 23 de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada vez que empiecen las sesiones normales del Congreso, los secretarios de Estado (como los de Salud, Educación o Energía) tienen que presentar un informe de cómo va su área. Además, si la Cámara de Diputados o la de Senadores los llama para hablar de una ley o un tema relacionado con su trabajo, están obligados a ir y dar la cara. También los directores de organismos descentralizados (como el IMSS o el Infonavit) y de empresas donde el gobierno tenga más de la mitad de las acciones (como Pemex o CFE) tienen la misma obligación de presentarse cuando los citen.
Texto oficial
Artículo 23. Los Secretarios de Estado, una vez abierto el período de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso de la Unión del estado que guarden sus respectivos ramos y deberán informar, además, cuando cualquiera de las Cámaras los cite en los casos en que se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus actividades. Esta última obligación será extensiva a los directores de los organismos descentralizados y de las empresas de participación estatal mayoritaria. Artículo reformado DOF 09-04-2012
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.