Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 26 de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 26 dice que el Presidente de México tendrá estas oficinas para ayudarle a gobernar: Gobernación, Relaciones Exteriores, Defensa Nacional, Marina, Seguridad Ciudadana, Hacienda, Bienestar, Medio Ambiente, Energía, Economía, Agricultura, Infraestructura, Anticorrupción, Educación Pública, Ciencia, Salud, Trabajo, Desarrollo Agrario, Cultura, Turismo, Mujeres, y una Agencia de Transformación Digital. Estas son las Secretarías de Estado, que son como las áreas o departamentos del gobierno federal. Cada una se encarga de un tema diferente, como la salud, la educación o la seguridad. En total son 22 dependencias que trabajan para atender los asuntos del país.

Texto oficial

Artículo 26.- Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes Secretarías: I. Secretaría de Gobernación; II. Secretaría de Relaciones Exteriores; III. Secretaría de la Defensa Nacional; IV. Secretaría de Marina; V. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; VI. Secretaría de Hacienda y Crédito Público; VII. Secretaría de Bienestar; VIII. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; IX. Secretaría de Energía; LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2026 10 de 206 X. Secretaría de Economía; XI. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; XII. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; XIII. Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; XIV. Secretaría de Educación Pública; XV. Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; XVI. Secretaría de Salud; XVII. Secretaría del Trabajo y Previsión Social; XVIII. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; XIX. Secretaría de Cultura; XX. Secretaría de Turismo; XXI. Secretaría de las Mujeres, y XXII. Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. Artículo reformado DOF 04-01-1982, 29-12-1982, 21-01-1985, 21-02-1992, 25-05-1992, 28-12-1994, 15-05-1996, 04-12-1997. Aclaración DOF 11-02-1998. Reformado DOF 30-11-2000, 10-04-2003, 02-01-2013, 17-12-2015, 18-07-2016, 30-11-2018, 20-10-2021, 28-11-2024

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.