Artículo 28 de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) es la que se encarga de coordinar a todas las oficinas del gobierno mexicano que trabajan en el extranjero, como embajadas y consulados. También es la que decide la política exterior de México y participa en tratados y acuerdos internacionales. Además, debe cuidar la imagen de México en otros países, proteger a los mexicanos que viven fuera y darles un trato digno, sin importar su situación migratoria. Otras de sus funciones son ayudar a promover el turismo, el comercio y la cultura mexicana en el exterior, y encargarse de temas como la nacionalidad, los límites del país y los permisos para que extranjeros compren propiedades en México.
Texto oficial
Artículo 28.- A la Secretaría de Relaciones Exteriores le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: Párrafo reformado DOF 28-11-2024 I.- Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; y sin afectar el ejercicio de las atribuciones que a cada una de ellas corresponda, conducir la política exterior, para lo cual intervendrá en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones en los que el país sea parte; Fracción reformada DOF 29-12-1982 II. Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes de este servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; garantizar la revalorización del fenómeno migratorio y el trato digno de mexicanas y mexicanos que viven en el exterior; impartir protección a las mexicanas y mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial, y las demás funciones federales que señalan las leyes, así como adquirir, administrar y conservar las propiedades de la Nación en el extranjero; Fracción reformada DOF 04-01-1982, 28-11-2024 II A. Coadyuvar a la promoción económica, comercial, turística y cultural del país por conducto de sus embajadas y consulados; Fracción adicionada DOF 19-12-1995. Reformada DOF 28-11-2024 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2026 14 de 206 II B. Capacitar al personal del Servicio Exterior Mexicano en las áreas económica, comercial, turística y cultural para que puedan cumplir con las responsabilidades que deriven de la fracción anterior; Fracción adicionada DOF 19-12-1995. Reformada DOF 28-11-2024 III. Intervenir en lo relativo a comisiones, congresos, conferencias y exposiciones internacionales, y representar a México ante organismos e institutos internacionales sin perjuicio de la competencia de otras dependencias de la Administración Pública Federal; Fracción reformada DOF 28-11-2024 IV.- Intervenir en las cuestiones relacionadas con los límites territoriales del país y aguas internacionales; V.- Conceder a los extranjeros las licencias y autorizaciones que requieran conforme a las Leyes para adquirir el dominio de las Tierras, aguas y sus accesiones en la República Mexicana; obtener concesiones y celebrar contratos, intervenir en la explotación de Recursos Naturales o los permisos para adquirir bienes inmuebles o derechos sobre ellos; Fracción reformada DOF 04-01-1982, 15-12-2011 VI.- Llevar el registro de las operaciones realizadas conforme a la fracción anterior; VII.- Intervenir en todas las cuestiones relacionadas con nacionalidad y naturalización; VIII.- Guardar y usar el Gran Sello de la Nación; IX.- Coleccionar los autógrafos de toda clase de documentos diplomáticos; X.- Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero, y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República; XI. Colaborar con el Fiscal General de la República, en la extradición conforme a la ley o tratados y en los exhortos internacionales o comisiones rogatorias para hacerlos llegar a su destino, previo examen de que llenen los requisitos de forma para su diligenciación y de su procedencia o improcedencia, para hacerlo del conocimiento de las autoridades judiciales competentes, y Fracción reformada DOF 30-11-2018 XII.- Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.