Artículo 24 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Director General (el jefe principal) de esta institución lo nombra el Presidente de la República, pero el Secretario de Hacienda es quien hace la designación oficial. Para que alguien pueda ocupar ese puesto, tiene que cumplir con los requisitos que marca otra ley, específicamente el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito. En términos simples, no cualquiera puede ser el jefe; necesita cumplir con ciertos criterios como experiencia o estudios.
Texto oficial
Artículo 24.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.