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Ley
LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director General (el jefe principal) de esta institución lo nombra el Presidente de la República, pero el Secretario de Hacienda es quien hace la designación oficial. Para que alguien pueda ocupar ese puesto, tiene que cumplir con los requisitos que marca otra ley, específicamente el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito. En términos simples, no cualquiera puede ser el jefe; necesita cumplir con ciertos criterios como experiencia o estudios.

Texto oficial

Artículo 24.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior (pág. 9) ↗

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