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Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 28 dice que, cuando una empresa o institución tenga que responder preguntas en un juicio, solo los Gerentes pueden ir a declarar personalmente. Los demás empleados o directivos no tienen que ir, sino que mandan su respuesta por escrito. En pocas palabras, el jefe es el único que se presenta en persona; los otros solo mandan un papel.

Texto oficial

Artículo 28.- Sólo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones en los términos de la Ley procesal que corresponda. Los demás funcionarios lo harán por oficio. CAPITULO QUINTO Disposiciones Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.