Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 28 dice que, cuando una empresa o institución tenga que responder preguntas en un juicio, solo los Gerentes pueden ir a declarar personalmente. Los demás empleados o directivos no tienen que ir, sino que mandan su respuesta por escrito. En pocas palabras, el jefe es el único que se presenta en persona; los otros solo mandan un papel.
Texto oficial
Artículo 28.- Sólo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones en los términos de la Ley procesal que corresponda. Los demás funcionarios lo harán por oficio. CAPITULO QUINTO Disposiciones Generales
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.