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Ley
LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos
Artículo
24 bis

Artículo 24 bis de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cuándo pueden correr a los consejeros de la serie “B” y a los consejeros independientes del Banco. Primero, si un consejero sufre una enfermedad mental o física que le impida hacer su trabajo por más de seis meses, lo pueden sacar. También lo pueden remover si no obedece las decisiones del Consejo Directivo o si a propósito se pasa de sus atribuciones o las usa de menos. Otra causa es si usa información secreta de su puesto para beneficio propio o de alguien más, o si la comparte sin permiso del Consejo. Por último, si a sabiendas presenta información falsa al Consejo Directivo, también es motivo para que lo quiten del cargo.

Texto oficial

Artículo 24 bis.- Son causas de remoción de los consejeros de la serie “B” y de los consejeros independientes: I. La incapacidad mental, así como la incapacidad física que impida el correcto ejercicio de sus funciones durante más de seis meses; II. No cumplir los acuerdos del Consejo Directivo o actuar deliberadamente en exceso o defecto de sus atribuciones; III. Utilizar, en beneficio propio o de terceros la información confidencial de que disponga en razón de su cargo, así como divulgar la mencionada información sin la autorización del Consejo Directivo, y IV. Someter a sabiendas a la consideración del Consejo Directivo, información falsa. LEY ORGÁNICA DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 9 de 25 Además de las causas de remoción señaladas en este precepto, a los consejeros de la serie “A” y al Director General, se les removerá de su cargo cuando se determine su responsabilidad mediante resolución definitiva dictada por autoridad competente, por ubicarse en alguno de los supuestos contenidos en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Artículo adicionado DOF 24-06-2002

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (pág. 8) ↗

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