Artículo 18 de la LEY Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros de la Junta de Gobierno (los jefes del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral) pueden decidir, ya sea por mayoría (más de la mitad de los votos) o por unanimidad (todos de acuerdo), saltarse cualquier regla o papel que normalmente se necesitaría para hacer algún trámite. Es como si pudieran decir "esto se hace sin seguir los pasos habituales" cuando haya algún asunto que así lo requiera.
Texto oficial
Artículo 18. Los miembros de la Junta de Gobierno, por mayoría o unanimidad, podrán dispensar de todo trámite y requisito cualquier asunto previsto en las presentes disposiciones. LEY ORGÁNICA DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 06-01-2020 7 de 10
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