Artículo 120 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después de que se elige a la nueva Mesa Directiva, los que ganaron empiezan a trabajar en sus puestos de inmediato. El Presidente de la Mesa les avisa a las personas o instituciones que deben saberlo que la Comisión Permanente ya está en funciones. En pocas palabras, no hay que esperar: en cuanto terminan las votaciones, los nuevos cargos entran en acción. La Comisión Permanente es el grupo que se queda trabajando cuando el Congreso no está en sesiones.
Texto oficial
ARTICULO 120. 1. Llevada a cabo la elección de la Mesa Directiva, los electos tomarán desde luego posesión de sus cargos, y el Presidente declarará instalada la Comisión Permanente comunicándolo así a quien corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.