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Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
128

Artículo 128 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Congreso está de vacaciones o en periodo de descanso (lo que llaman "recesos"), toca que le presenten a la Comisión Permanente los presupuestos de lo que ganan los diputados y senadores, más los gastos de cada Cámara. Esa Comisión los revisa y los aprueba, siguiendo los pasos que ya marca esta ley. Básicamente, así se aseguran de que el dinero para pagar sueldos y gastos del Congreso esté controlado, incluso cuando no están sesionando.

Texto oficial

ARTICULO 128. 1. Durante los recesos del Congreso, se presentarán a la Comisión Permanente, para su examen y su aprobación, los presupuestos de dietas, sueldos y gastos de las respectivas Cámaras, conforme a los procedimientos establecidos en la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 55) ↗

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