Artículo 2 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso se compone de dos grupos: la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. La cantidad de personas en cada cámara está definida en los artículos 52 y 56 de la Constitución. El trabajo de los diputados y senadores dura tres años, y a ese periodo se le llama una Legislatura. Un año legislativo va del 1 de septiembre al 31 de agosto del año siguiente.
Texto oficial
ARTICULO 2o. 1. Cada Cámara se integrará por el número de miembros que señalan los artículos 52 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. El ejercicio de las funciones de los diputados y los senadores durante tres años constituye una Legislatura. El año legislativo se computará del 1 de septiembre al 31 de agosto siguiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.