Artículo 10 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos funcionan con una cadena de mando compuesta por cuatro niveles: el Mando Supremo (que es el Presidente), el Alto Mando (los altos mandos militares), los Mandos Superiores (jefes de región) y los Mandos de Unidades (comandantes de tropas). Además, aclara que cualquier persona que sea militar, sin importar si es hombre o mujer, tiene derecho a llegar a cualquiera de estos puestos de liderazgo, incluso a los más altos. En pocas palabras, se garantiza que todos pueden ascender por méritos propios, sin discriminación de género.
Texto oficial
ARTICULO 10. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos conforman una organización que realiza sus operaciones mediante una estructura jerárquica que comprende los siguientes niveles de mando: I. Mando Supremo; II. Alto Mando; III. Mandos Superiores; y IV. Mandos de Unidades. Sin distinción de género, los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos podrán acceder a todos los niveles de mando, incluyendo a los órganos del Alto Mando del Ejército y la Fuerza Aérea. Artículo reformado DOF 09-11-2011 CAPITULO II MANDO SUPREMO Fe de erratas a la denominación del Capítulo DOF 13-02-1987
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