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Artículo 108 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El comandante del Cuerpo de Aerotropas, que es la unidad de soldados paracaidistas, debe ser un general que antes haya estado en un arma (como infantería o caballería) y que además tenga la especialidad de ser paracaidista. Esto asegura que el jefe tenga experiencia militar general y también sepa saltar en paracaídas. No aplica al Cuerpo de Policía Militar. En pocas palabras, quien los dirija debe ser un general con entrenamiento en paracaidismo.

Texto oficial

ARTICULO 108. El Comandante del Cuerpo de Aerotropas será un General procedente de Arma, que tenga la especialidad de paracaidista. Cuerpo de Policía Militar

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.