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Artículo 135 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Militares de Servicio son aquellos soldados que estudian para especializarse en trabajos técnicos o profesionales dentro del Ejército, como mecánica, comunicaciones o medicina. Su labor principal es dirigir, entrenar y manejar unidades relacionadas con su especialidad, y solo hacen ese tipo de tareas. A diferencia de los soldados comunes, estos militares eligen una carrera fija y de por vida. En pocas palabras: son los expertos en ámbitos técnicos que se dedican exclusivamente a eso dentro de las fuerzas armadas.

Texto oficial

ARTICULO 135. Son Militares de Servicio, los que técnicamente se educan para el mando, adiestramiento y conducción de las Unidades de los Servicios y para el Desempeño exclusivo de las actividades técnicas y profesionales, que corresponde llevar a cabo al Servicio al que pertenezcan; su carrera es profesional y permanente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

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