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Artículo 151 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los generales, jefes, oficiales y sargentos que se gradúan en las escuelas militares del Ejército y la Fuerza Aérea son los únicos que pueden ocupar los puestos vacantes en esas mismas fuerzas. Esto significa que, si falta personal en algún rango militar, se llena con personas que ya se formaron en esos planteles, no con gente de fuera del sistema. En pocas palabras, las vacantes se cubren con los propios graduados de las escuelas militares, como una forma de asegurar que estén bien preparados.

Texto oficial

ARTICULO 151. Los Generales, Jefes, Oficiales y Sargentos graduados en los Planteles Militares del Ejército y Fuerza Aérea, cubrirán las vacantes de los cuadros de estas Fuerzas Armadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.