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Artículo 155 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Alto Mando del Ejército, la Fuerza Aérea y la Guardia Nacional decide el rango con el que entran los soldados especialistas a las Fuerzas Armadas. Es decir, si eres un experto en algo (como medicina o ingeniería), ellos definen desde qué puesto empiezas, ya sea soldado raso, cabo, sargento u otro. Para hacerlo, se basan en lo que dicen los artículos 193 y 195 de esta misma ley, que explican cómo va el nivel de cada especialidad. En pocas palabras, no entras todos al mismo nivel: tu rango inicial depende de tu especialidad y de lo que marquen esas reglas.

Texto oficial

ARTICULO 155. El Alto Mando del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, otorgará a los militares especialistas, los grados iniciales con que ingresarán a las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo estipulado para cada especialidad en los artículos 193 y 195 de la presente Ley. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.