- Ley
- LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay un lugar (como una base militar) que pertenece a otra Fuerza Armada dentro de tu zona, los jefes de esa base solo pueden mandar dentro de los límites que les marca la ley. Esto significa que no pueden dar órdenes fuera de su propia área o meterte en asuntos que no les tocan. En pocas palabras, cada quien tiene su "territorio" legal y no se pueden pasar de ahí.
Texto oficial
ARTICULO 39. Si en un Sector se haya ubicada una Base o Instalación de otra Fuerza Armada, los Comandantes de éstas, ejercerán su autoridad solamente dentro de la jurisdicción que los ordenamientos legales les asignen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.