- Ley
- LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que todos los que forman parte del Ejército y la Fuerza Aérea de México, por obligación de la Constitución, están en una de dos categorías: los que entraron por su propia voluntad (Servicio Militar Voluntario) o los que cumplen el servicio obligatorio (Servicio Militar Nacional). Esto aplica tanto a quienes deciden ser militares de carrera como a los jóvenes que hacen su servicio militar por ley. En pocas palabras, no hay otra forma de pertenecer a estas fuerzas armadas más que por esas dos vías.
Texto oficial
ARTICULO 5/o. Los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, por norma Constitucional pertenecen al Servicio Militar Voluntario o al Servicio Militar Nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.