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Ley
LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo
70

Artículo 70 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada institución del Ejército se organiza de cierta forma para funcionar. En la Secretaría de la Defensa Nacional, los jefes se llaman "directores" y están a cargo de direcciones generales, direcciones o departamentos. En cambio, en las regiones militares, zonas militares, bases aéreas y otras unidades, los encargados se llaman "jefes" y están al frente de "jefaturas". Básicamente, el artículo dice que el nombre del puesto del que manda depende del lugar donde trabaje.

Texto oficial

ARTICULO 70. Los órganos de dirección de cada servicio serán en la Secretaría de la Defensa Nacional: direcciones generales, direcciones o departamentos; y en las regiones militares, zonas militares, bases aéreas, unidades o dependencias: Jefaturas.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (pág. 13) ↗

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