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Artículo 81 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director o directora del Servicio de Transmisiones tiene que ser un General que todavía esté trabajando activamente en el Ejército. Eso significa que debe tener el rango de General y no estar jubilado o retirado. Es como decir que el puesto solo lo puede ocupar alguien que siga en servicio activo.

Texto oficial

ARTICULO 81. La persona titular de la Dirección del Servicio de Transmisiones deberá ostentar la jerarquía de General en activo. Artículo reformado DOF 16-07-2025 Servicio de Materiales de Guerra

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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