Artículo 27 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 27 dice que cuando una autoridad da una recomendación o decide que alguien no es responsable, eso aplica solo para ese caso específico, como un problema particular. Ninguna autoridad puede usar esa misma recomendación o acuerdo para aplicarlo a otro caso parecido o diferente. No vale decir “como esto se resolvió así, entonces para el otro caso también aplica”. Cada situación se revisa por separado, sin copiar lo que se decidió antes.
Texto oficial
Artículo 27.- Las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se referirán a casos concretos; las autoridades no podrán aplicarlos a otros casos por analogía o mayoría de razón. Capítulo VI De las Sanciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.