Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 27 de la LEY Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 27 dice que cuando una autoridad da una recomendación o decide que alguien no es responsable, eso aplica solo para ese caso específico, como un problema particular. Ninguna autoridad puede usar esa misma recomendación o acuerdo para aplicarlo a otro caso parecido o diferente. No vale decir “como esto se resolvió así, entonces para el otro caso también aplica”. Cada situación se revisa por separado, sin copiar lo que se decidió antes.

Texto oficial

Artículo 27.- Las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se referirán a casos concretos; las autoridades no podrán aplicarlos a otros casos por analogía o mayoría de razón. Capítulo VI De las Sanciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.