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Ley
LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
23

Artículo 23 de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador es el jefe de la Procuraduría y tiene la facultad de emitir documentos como acuerdos, circulares o manuales. Estos documentos son como reglas o guías que explican cómo hacer bien el trabajo dentro de la institución. Sirven para que todos los empleados sepan exactamente qué procedimientos seguir y cómo organizarse. En pocas palabras, el Procurador puede crear instrucciones escritas para que la Procuraduría funcione de manera ordenada y eficiente.

Texto oficial

Artículo 23. (Instrumentos de organización). El Procurador expedirá los acuerdos, circulares, instructivos, bases, lineamientos y manuales de organización y procedimientos conducentes al buen desempeño de las funciones de la Procuraduría.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 16) ↗

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