Artículo 109 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Auditoría de la Contraloría se encarga de revisar que todos los órganos del Poder Judicial Federal cumplan con las reglas para funcionar bien, según lo que marca la ley. Hace auditorías para que el Órgano de Administración Judicial pueda saber cómo están trabajando sus áreas de apoyo y los juzgados. Cómo va a actuar esta dirección lo decide el Pleno del Órgano con reglamentos y acuerdos, pero sin meterse con lo que ya le toca al Tribunal de Disciplina Judicial en vigilancia y disciplina.
Texto oficial
Artículo 109. La Dirección General de Auditoría de la Contraloría tendrá como propósito inspeccionar y verificar el cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo y operativo de los órganos del Poder Judicial Federal que confiere la ley al Órgano de Administración Judicial. La realización de auditorías tendrá como finalidad facilitar al Órgano de Administración Judicial la evaluación del desempeño de sus órganos auxiliares y jurisdiccionales. Las funciones, atribuciones y lineamientos de actuación de la Dirección General de Auditoría se determinarán por el Pleno del Órgano mediante reglamentos y acuerdos generales, sin perjuicio de las facultades conferidas al Tribunal de Disciplina Judicial en materia de vigilancia y disciplina.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.