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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LOPJF/130
Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
130

Artículo 130 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles es como un grupo de apoyo que depende del Órgano de Administración Judicial, pero con libertad para tomar decisiones técnicas y operar por su cuenta. Sin embargo, solo puede hacer lo que le dicen esta ley, la Ley de Concursos Mercantiles y las reglas que el Órgano de Administración Judicial publique. En pocas palabras, no puede inventar funciones o atribuciones por su lado.

Texto oficial

Artículo 130. El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial con autonomía técnica y operativa, cuyas funciones y atribuciones se limitan a lo establecido en esta ley, en la Ley de Concursos Mercantiles y en los acuerdos generales que el Órgano de Administración Judicial emita al respecto.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.