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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
131

Artículo 131 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano de Administración Judicial decide quiénes forman parte de la Junta Directiva, pero la propuesta la hace su Presidencia y deben procurar que haya el mismo número de mujeres y hombres. La persona que sea Director o Directora General del Instituto estará en el puesto seis años y la elige directamente el Pleno del Órgano de Administración Judicial. Esta sección habla del Centro Público de Mecanismos Alternativos del Poder Judicial de la Federación, que ayuda a resolver conflictos sin necesidad de ir a juicio.

Texto oficial

Artículo 131. La integración de la Junta Directiva será determinada por el Órgano de Administración Judicial, a propuesta de su Presidencia, observando el principio de paridad de género. La o el Director General del Instituto durará en su encargo seis años y será designada de manera directa por el Pleno del Órgano de Administración Judicial. SECCIÓN 10a. Del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial de la Federación

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 34) ↗

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