Artículo 144 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Pleno o las Comisiones del Tribunal tomen una decisión, tienen la obligación de seguir los precedentes que ya les son obligatorios. Esos precedentes son como ejemplos de casos anteriores que marcan la pauta para resolver nuevos asuntos. Con base en ellos, deben armar una línea de decisiones clara y consistente, llamada doctrina jurisprudencial. Esto sirve para que todo el sistema disciplinario sea predecible y la gente sepa a qué atenerse. Así se evitan sorpresas o decisiones contradictorias.
Texto oficial
Artículo 144. Al emitir sus resoluciones, el Pleno y las Comisiones del Tribunal siempre deberán atender los precedentes que les resulten vinculantes. A partir de éstos, deberán construir una doctrina jurisprudencial coherente que dote de certeza jurídica al sistema disciplinario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.