- Ley
- LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Pleno de la Suprema Corte (que son todos los ministros reunidos) va a elegir, siguiendo la sugerencia del Presidente o Presidenta de la Corte, a una persona que sea secretaria o secretario general de acuerdos y a otra que sea subsecretaria o subsecretario general de acuerdos. También, el Presidente o Presidenta de la Corte puede nombrar a los secretarios auxiliares y a los actuarios (los que entregan documentos legales) que se necesiten para el trabajo de la Corte, además del personal de apoyo que digan las reglas. Por último, los ministros de la Corte son quienes eligen a sus propios secretarios de estudio y cuenta, que son los que les ayudan a preparar los casos.
Texto oficial
Artículo 15. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación nombrará, a propuesta de su Presidenta o Presidente, a una secretaria o secretario general de acuerdos y a una subsecretaria o subsecretario general de acuerdos. LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 4 de 84 La o el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación designará a las y los secretarios auxiliares de acuerdos y a las y los actuarios que fueren necesarios para el despacho de los asuntos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como el personal subalterno que establezcan las disposiciones aplicables. Las personas secretarias de estudio y cuenta serán designadas por las y los Ministros correspondientes, de conformidad con lo que establece la ley. SECCIÓN 2a. De sus Atribuciones
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