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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En pocas palabras, el que preside la Suprema Corte (el jefe de los ministros) cambia cada dos años. Pero no es por turnos fijos; la persona que queda como presidente es la que haya recibido más votos en la elección de ministros. Es decir, mientras más votos tenga un candidato, más chance tiene de ser el presidente de la Corte.

Texto oficial

Artículo 18. La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la Presidencia a quien alcance mayor votación.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 7) ↗

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