- Ley
- LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 221
Artículo 221 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien va a ocupar un cargo público, tiene que hacer una promesa formal llamada “protesta”. La autoridad le pregunta si va a cumplir su trabajo de manera leal y patriótica, respetando la Constitución y las leyes de México, y buscando siempre el bien del país. La persona debe responder: “Sí protesto”. Después, la autoridad le dice que, si no cumple con su palabra, la Nación se lo va a reclamar.
Texto oficial
Artículo 221. La protesta a que se refiere este capítulo se prestará en los términos siguientes: ¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de (el que se confiera al interesado) que se os haya conferido; guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión? El o la interesada responderá: Sí protesto. La autoridad que tome la protesta añadirá: Si no lo hicieres así, la Nación os lo demande. CAPÍTULO IV De las Actuaciones Judiciales
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.