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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
246

Artículo 246 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Suprema Corte de Justicia, hay puestos que son considerados de confianza, lo que significa que son trabajos especiales donde se necesita mucha responsabilidad y no tienen la misma protección que otros empleados. Entre esos puestos están los secretarios, actuarios, directores, subdirectores, jefes de departamento y el personal que ayuda a los jefes más altos. También entran quienes se encargan de vigilar, controlar, manejar dinero, hacer compras o cuidar inventarios. En pocas palabras, son los empleados que tienen tareas importantes o de mucho manejo de recursos.

Texto oficial

Artículo 246. En la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrán el carácter de servidores y servidoras públicas de confianza, el o la secretaria general de acuerdos, el o la subsecretaria general de acuerdos, los y las secretarias de estudio y cuenta, los y las secretarias auxiliares de acuerdos, los y las actuarias, la persona o personas designadas por su Presidente para auxiliarlo en las funciones administrativas, el Coordinador o Coordinadora de Compilación y Sistematización de Tesis, los y las directoras generales, los y las directoras de área, los y las subdirectoras, los y las jefes de departamento, el personal de apoyo y asesoría de las personas servidoras públicas de nivel de director o directora general o superior, y todas aquellas personas que tengan a su cargo funciones de vigilancia, control, manejo de recursos, adquisiciones o inventarios.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 59) ↗

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