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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
248

Artículo 248 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los empleados del Poder Judicial de la Federación que no estén mencionados en los artículos anteriores (que hablan de jueces, ministros y otros puestos altos) serán de base, es decir, tendrán un trabajo fijo con derechos laborales estables. Esto aplica a secretarios, actuarios y demás personal que trabaja en los juzgados y tribunales. Ser de base significa que no son de confianza ni temporales, así que no los pueden despedir fácilmente. Esta regla protege su empleo mientras cumplan bien con su chamba. En resumen, si trabajas en el Poder Judicial y no eres jefe, eres de base.

Texto oficial

Artículo 248. Las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación no previstos en los dos artículos anteriores, serán de base.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.