- Ley
- LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 249
Artículo 249 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los secretarios técnicos de comisión deben tener un título universitario legal, en un área relacionada con lo que hace el Órgano de Administración Judicial. También necesitan al menos tres años de experiencia y demostrar que no tienen antecedentes penales o problemas de conducta. Es como cualquier chamba seria: te piden estudios, experiencia y buena fama para poder entrar.
Texto oficial
Artículo 249. Las y los secretarios técnicos de comisión deberán tener título profesional legalmente expedido, en alguna materia afín a las facultades del Órgano de Administración Judicial, contar con experiencia mínima de tres años y acreditar buena conducta.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.