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Artículo 45 Ter de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para trabajos de mantenimiento, las dependencias del gobierno pueden hacer contratos por partes, no por todo el proyecto de una vez. Esto sirve para que solo paguen lo que realmente se necesita hacer, según vayan saliendo los trabajos. Los encargados del mantenimiento reciben órdenes específicas de trabajo, y tienen que cumplir con lo que ya se acordó en el contrato desde el principio. Así, el gobierno no se amarra a un solo costo fijo y puede ajustar los servicios según sus necesidades.

Texto oficial

Artículo 45 Ter. Tratándose de trabajos de mantenimiento, se podrán celebrar contratos sobre la base de precios unitarios, para que los mismos se ejecuten de acuerdo a las necesidades de la dependencia o entidad, en base a órdenes de trabajo o servicio que se emitan, a efecto de que sean atendidas en los términos y condiciones establecidas en los propios contratos. Artículo adicionado DOF 28-05-2009

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

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