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Artículo 74 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría va a crear y manejar una plataforma digital oficial donde se harán todos los trámites para contratar obras públicas y servicios relacionados, como dice el artículo 27 de esta ley. También servirá para firmar y administrar los contratos que salgan de esos trámites. Cualquier persona puede consultarla sin pagar nada, y es el único lugar donde se pueden hacer estos procedimientos. Solo en casos muy especiales y con una buena razón, la Secretaría puede permitir que los trámites se hagan fuera de la plataforma, siguiendo lo que diga el reglamento. Además, la Secretaría va a poner las reglas para que funcione bien y va a asegurarse de que la información no se pueda modificar ni perder.

Texto oficial

Artículo 74. La Secretaría implementará y administrará la Plataforma como una herramienta electrónica oficial y transaccional, integrada por diversos módulos, a través de la cual se realizarán los procedimientos de contratación en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas previstos en el artículo 27 de la presente Ley, así como la suscripción y administración de los contratos derivados de estos. La Plataforma será de consulta gratuita y constituirá el único medio por el cual se desarrollarán los procedimientos de contratación. En casos excepcionales y justificados, la Secretaría podrá autorizar que se lleven a cabo los procedimientos de contratación sin utilizar la Plataforma, conforme a las disposiciones que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. La Secretaría emitirá las disposiciones para la operación de dicha Plataforma y establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga. Artículo reformado DOF 07-07-2005, 28-05-2009, 16-04-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.